Le informamos que con motivo de la publicación del RD 537/2020, de 22 de mayo (BOE del 23/05/2020), por el que se prorroga el estado de alarma, con efectos desde el 1 de junio de 2020 el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará o se reiniciará.
Extracto del artículo del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19:
Artículo 9. Plazos administrativos suspendidos en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
Con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.
En las página web de IGAPE ya aparece el plazo fin de presentación de las ayudas relativas a Internacionalización, siendo las fechas límites las siguientes:Galicia Exporta Empresas, Galicia Exporta OOII, Galicia Exporta Digital
Por otro lado le indicamos que está pendiente de publicación en el DOG las MODIFICACIONES relativas a las ayudas anteriormente referenciadas.
IMPORTANTE todas aquellas empresas que ya hayan presentado solicitudes de ayuda y quieran hacer modificaciones en acciones y conceptos de gastos (en función de las novedades que se publiquen) podrán hacerlo hasta la fecha fin de presentación, no sufriendo ningún cambio el número de expediente (se respetará la fecha inicial de presentación).
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