Firmado el Convenio Colectivo del sector Textil y de la Confección


Después de meses de intensas negociaciones y de alcanzar un preacuerdo el pasado del mes de enero del presente año, las organizaciones empresariales integradas por las principales patronales del textil y de la confección —FEDECON, TEXFOR, CIE, UNIFAM, ATEVAL y AEGP—, junto con los sindicatos CCOO y UGT, han firmado el convenio colectivo del sector Textil y de la Confección el pasado 31 de marzo.

El nuevo Convenio Colectivo, que da cobertura a más de 15.000 empresas en España y a cerca de 100.000 trabajadores del sector, según datos 2021 del Instituto Nacional de Estadística (INE) y del Directorio Central de Empresas (DIRCE), ha sido fruto de una negociación en la que la firme postura de las organizaciones empresariales ha resultado decisiva para desbloquear el diálogo y alcanzar una solución equilibrada. El acuerdo contempla una vigencia de tres años, un incremento salarial del 3,3% sobre las tablas actuales y la implantación de un nuevo modelo retributivo que se aplicará a partir de 2025

El nuevo modelo retributivo tiene como objetivos la simplificación del sistema actual de tablas, su racionalización y mayor equidad; la convergencia de modelos de tablas y la superación de los desajustes provocados por el incremento del SMI que ha desbordado los límites del que fuera el SM Intertextil y del GP A, para superar los salarios del B, incluso de algunas categorías del C, en determinados subsectores, creando los conceptos de Salario Mínimo Garantizado (SMG) y Salario Referente del Grupo Profesional (SRGP).

La aplicación de dichos conceptos inicia el camino hacia una tabla única por anexo subsectorial, sin áreas funcionales retributivas, para aquellos anexos que las contemplan, con siete grupos profesionales y un solo salario por grupo. Asimismo, se separan los salarios de los grupos inferiores que están superados por el SMI.

  • El SMG es el salario bruto mínimo que debe percibir cualquier persona trabajadora de los GP’s A, B y C. Para ello, se han establecido salarios “artificiales”, a partir del que ostente el GP A, el cual se ha fijado en un 2% superior al SMI para 2024 (1.156,68€). Sobre éste, incrementado en un 3’3%, para 2025, se ha calculado el SMG del GP B, incrementándose en un 4’5% y el del GP C, incrementando el B en un 5% en 2025 y un 8% en 2026. Al mismo tiempo, los salarios base de todas las categorías afectadas por el SMG, con el objetivo de alcanzar el bruto del SMG, se incrementarán en un 2% adicional.

Las categorías o grupos profesionales cuyos salarios sean superiores al SMG solo experimentarán el incremento sobre tablas de forma convencional, con el 3’3% acordado. 

  • El SRGP es el Salario Base más alto de todas las categorías de un mismo GP de entre las diversas áreas funcionales. Dicho SRGP se implementará con el 3’3% pactado. Los inferiores a éste deberán ir acercándose a aquél a través de un complemento adicional el 2% sobre su SB, que será compensable con cualquier mejora o concepto salarial que supere el salario de tablas, cualquiera que sea su denominación o naturaleza.

El objetivo de este tránsito progresivo al SRGP es la unificación en un solo salario por grupo profesional, con la desaparición de las tablas salariales por áreas. La consecuencia inmediata más positiva a nivel organizativo para las empresas será la mejora de la movilidad funcional dentro del grupo profesional, superando las rigideces y dificultades que las actuales categorías pueden suponer.

Conseguida la confluencia de todas las categorías en un solo salario, las tablas finales solo identificarán siete grupos profesionales y siete salarios, uno por grupo.

El cambio de modelo supone una transformación y evolución del sistema que se implantó en la reforma del Nomenclátor de 1998 y que ha permanecido durante 27 años, acusando los síntomas de desajuste con la realidad en las empresas y con las normas legales y las exigencias organizativas, en relación a su flexibilidad, y los criterios de sencillez y facilidad de aplicación.

Este nuevo modelo retributivo de tablas, que afectará prácticamente a todos los subsectores, hará necesaria la publicación de unas tablas de “transitoriedad”, hasta alcanzar las confluencias buscadas. 

Como todo cambio estructural, el tránsito al nuevo sistema y modelo de tablas, con creación de nuevos conceptos, comportará esfuerzos de adaptación, hasta alcanzar la total asimilación y normalidad por todas las partes implicadas. Sin embargo, la representación empresarial está convencida de que los cambios producidos eran inaplazables y necesarios y que su implementación resolverá problemas y disfunciones que se habían enquistado, obligando a las empresas a buscar soluciones ajenas al marco del convenio.

En este sentido, todas las asociaciones y federaciones empresariales firmantes han establecido las bases para avanzar hacia un modelo retributivo más justo y mejor adaptado a las necesidades del sector textil-confección en España.


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