IGAPE: Disponible solicitud de cobro para las ayudas del textil 2014


Ya está disponible en http://tramita.igape.es el formulario de solicitud de cobro para las ayudas del Textil.

El plazo para la presentación de la solicitud de cobro finaliza el 30 de noviembre de 2014, como consecuencia de no presentarlo en el plazo indicado, se perderá el derecho al cobro de la misma.

Junto con la solicitud de cobro, el beneficiario de la ayuda deberá presentar en ORIGINAL O COPIA COMPULSADA:

a) Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente, justificativos del gasto de la actividad.

b) La documentación acreditativa del pago, por alguno de los siguientes medios:

  • Justificante de transferencia bancaria o documentos mercantiles utilizados como medios de pago emitidos y con vencimiento dentro del período de ejecución del proyecto, así como su cargo en cuenta. En estos documentos deberán quedar claramente identificados el receptor y el emisor del pago. Los extractos bancarios a través de internet deberán haber estampado el sello original de la entidad financiera o disponer de un código para su verificación por terceros en la sede electrónica de dicha entidad financiera.
  • Certificación bancaria original conforme el pago ha sido realizado efectivamente dentro del plazo de ejecución del proyecto. En estos documentos deberán quedar claramente identificados el receptor y el emisor del pago, así como la fecha efectiva de esta.

En el supuesto de que el justificante de pago incluya varias facturas, deberá adjuntarse una relación de ellas, sellada y firmada por el representante legal.

En el supuesto de facturas pagadas conjuntamente con otras no referidas al proyecto subvencionado, la justificación del pago debe realizarse siempre mediante alguno de los me­dios señalados en los puntos anteriores para las facturas alegadas en el proyecto y, además alguno de los siguientes documentos: relación emitida y sellada por el banco de los pagos realizados, orden de pagos de la empresa sellada por el banco o recibí original firmado y sellado por el proveedor, a efectos de identificar las facturas no referidas al proyecto

c) La copia en formato digital -que permita su lectura-, de material donde se aprecien los contenidos de las actuaciones realizadas y el cumplimiento de la obligatoriedad de publicidad de la financiación pública citada en el artículo 13.6 de estas bases: inserciones, folletos, catálogos, fotografías, proyectos, acuerdos y demás documentación.

En todos los casos, los beneficiarios deberán estar al día de sus obligaciones con la Hacienda Pública, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social, y cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia y en su reglamento, para ser beneficiario de la ayuda. 

Le recuerdo también que es obligatorio dar publicidad a la financiación de los gastos que sean objeto de subvención, consis­tente en la inclusión de la imagen institucional del Igape, la Consellería de Economía e Indus­tria y el Feder, así como leyendas relativas a la financiación pública en los stands, carteles, placas conmemorativas, materiales impresos que vayan a ser objeto de difusión más allá del uso exclusivo del solicitante, medios electrónicos audiovisuales, convocatorias y difusión de eventos o bien en menciones realizadas en los medios de comunicación, que tengan relación con el proyecto subvencionado.